Necesidad de cumplimiento estricto de los formularios para las notificaciones transfronterizas

Caracas, 25 Septiembre de 2018

Recientemente, la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró la improcedencia de la notificación dentro del territorio venezolano de una persona inmiscuida en un juicio en el extranjero. El motivo: no se consignaron dentro del expediente los formularios requeridos para identificar a la persona contra quien obra la notificación, así como su domicilio. De esta manera, la SPA se acoge a la doctrina del estricto cumplimiento de los requisitos establecidos dentro del Convención de la Haya de 1965 y exige una labor de cuidadoso control previo de todos los recaudos a ser enviados por parte de los tribunales extranjeros a sus contrapartes venezolanos.

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